Institucional

Consejo Directivo 2024-2026

CargoApellidoNombreMatrículaCategoríaDelegación/Zona
PresidentaRomero TruccoAmancay512LicenciadaMar del Plata
VicepresidenteZaballaEsteban1LicenciadoMar del Plata
SecretarioGallardo BatistaVictoria529LicenciadoSudoeste
ProsecretarioCastiglioneMarcos574TécnicoCentro
TesoreraVillamarinBetiana84Técnica y GuíaLa Plata
ProtesoreraRaffanelliMaría Belén63Licenciada y TécnicaLa Plata
1º VocalCentineoMarta Susana127GuíaCentro
2º VocalMartinezSebastian593Técnico y GuíaNorte
3º VocalAbdalaMaricel96GuíaNorte
1º Vocal SuplenteCotone MuroValeria236Técnica y GuíaCentro
2º Vocal SuplenteAmorBernardo635LicenciadoSudoeste
3º Vocal SuplenteFerrariLeonardo343LicenciadoNorte

Comisión Revisora de Cuentas 2024-2026

CargoApellidoNombreMatrículaCategoríaDelegación/Zona
1º TitularSantiaMarcela278GuiaNorte
2º TitularAlvarezFacundo5LicenciadoMar del Plata
3º TitularMorenoGabriela125TécnicaMar del Plata
4º TitularPassoHernán Elbio50GuíaCentro
1º SuplenteSagarnaJuan573GuíaCentro
2º SuplenteBarovero MaxitMariana18LicenciadaMar del Plata

El Tribunal de Ética Profesional 2024-2028

CargoApellidoNombreMatrículaCategoría
1º TitularBiasoneAna María19Licenciada
2º TitularMartinAna210Licenciada
3º TitularTorreRodrigo Hernán640Licenciado
4º TitularBallesterosLucrecia22Licenciada, Técnica y Guía
5º TitularGazzanegoVictoria9Guía
1º SuplenteFeliceEmiliano637Licenciado
2º SuplenteRussoXimena567Guía
3º SuplenteCromechekLucas Fernando529Licenciado
4º SuplenteHerleinDiego31Guía

Para ser miembro de los Órganos de Gobierno del Colegio, se debe estar matriculado y tener la matrícula vigente, no estar procesado penalmente ni haber sido condenado por delito doloso, no estar inhabilitado para ejercer en colegios profesionales de turismo, y no haber sido sancionado por el Tribunal de Ética. Además, se requiere una antigüedad mínima de dos años como miembro del Colegio para el Consejo Directivo y la Comisión Revisora de Cuentas, y de seis años para el Tribunal de Ética.

Asamblea 

La Asamblea es la autoridad máxima del colegio y está constituida por todas las personas matriculadas en la institución. Las mismas son convocadas por el Consejo Directivo, tal como está expresado en el Estatuto y podrán ser Ordinarias  y Extraordinarias.

Asamblea Ordinaria: se reunirá una (1) vez por año, dentro de los cuatro (4) meses de concluido el ejercicio económico del Colegio, es decir posteriores al treinta y uno (31) de diciembre, para tratar exclusivamente la aprobación o rechazo de la memoria y balance de la entidad correspondiente al ejercicio económico fenecido.

Asamblea Extraordinaria: será convocada por el Consejo Directivo con no menos de siete (7) días de anticipo a la fecha de realización para tratar cualquier asunto de interés para la entidad. 

Consejo Directivo

El Consejo Directivo tiene diversas facultades y obligaciones, que incluyen otorgar y gestionar matrículas, representar a los colegiados ante las autoridades, y administrar el Colegio asegurando su funcionamiento. Debe cumplir y garantizar sus resoluciones y las de otros órganos, proyectar reglamentos y códigos de ética, nombrar empleados y fijar sus remuneraciones, establecer aranceles de inscripción y presupuesto anual, y gestionar bienes. Además, debe elevar denuncias al Tribunal de Ética y realizar actividades que apoyen las finalidades de la Ley, así como crear y eliminar delegaciones regionales o locales.

Comisión Revisora de Cuentas

Compete a la Comisión Revisora de Cuentas fiscalizar el movimiento patrimonial y financiero del Colegio, los registros contables y certificar los balances. Deberá tratar los informes semestrales elevados por el Consejo Directivo sobre la situación económica y financiera de la institución.

Tribunal de Ética Profesional

El Tribunal de Ética Profesional tendrá a su cargo el ejercicio del Poder disciplinario del Colegio y la aplicación del Código de Ética sobre sus matriculados.

Como institución de derecho público, y por definición política de sus autoridades, el manejo y uso de los recursos del Colegio se realiza de forma transparente, conllevando la rendición de cuentas periódicamente tal como establece el estatuto de la institución. 

Por ello se dispone aquí el acceso libre a dicha información, tanto de las Memorias Institucionales, como de los Balances Contables, y de las Resoluciones de la Comisión Revisora de Cuentas y de las Asambleas Ordinarias en donde se tratan dichas rendiciones y son aprobadas por los matriculados.

Desde el Colegio se lleva adelante un trabajo de articulación constante con distintas instituciones y organizaciones que forman parte de la actividad turística tanto en la provincia de Buenos Aires, como a nivel nacional. 

Espacio Federal de Colegios y Asociaciones Profesionales. 

Articulación y coordinación con todos los Colegios Profesionales del país, Provincias de Neuquén, Rio Negro, San Juan, La Rioja, Tucumán, Misiones y Jujuy, además de las demás provincias de poseen Asociaciones Civiles (en vías de crear Colegio) o colectivos de profesionales organizados.

Consejo Provincial de Turismo (COPROTUR)

Espacio generado en el marco de la Ley Provincial de Turismo, en el cual se encuentran representados el sector público provincial y municipal (nucleados en Polos), el sector privado, el sector académico público y privado, y el Colegio.

Convenios de Cooperación con:

Articulación con:

A continuación, encontrarán el Estatuto y el Código de Ética del Colegio de Turismo, documentos fundamentales que establecen las normas y principios que rigen la conducta profesional y el funcionamiento de la institución. Estos textos son esenciales para comprender los derechos y obligaciones de los colegiados, así como los valores que guían la profesión en el ámbito turístico.

En los términos de la Ley en su capítulo VII Designación de Miembros, “a los fines de elegir los miembros del Consejo Directivo, de la Comisión Revisora de Cuentas y del Tribunal de Ética Profesional, se deberá convocar públicamente a elecciones y constituir a los fines pertinentes la Junta Electoral respectiva”.

“El voto será secreto y obligatorio. El sistema electoral es directo y de lista completa. Si hubiera más de una lista, se garantizará la representación de la minoría en los cargos electivos para la lista que salga en segundo lugar siempre que obtenga como mínimo el 25% de los votos válidos emitidos”.

Además, la institución sancionó vía Asamblea el Régimen electoral que se encuentra a continuación.  

Desde la Delegación Regional Mar del Plata, se coordinan muchas acciones que realiza el Colegio en la zona de la Costa Atlántica que va desde San Clemente hasta Necochea y partidos mediterráneos vecinos. Entre otras acciones y tareas institucionales, podemos mencionar:

En Mar del Plata:

En Villa Gesell:

  • Participación en Comisión Municipal de Turismo
  • Participación en Consejo Asesor Urbanístico (CAU)

En Partido de La Costa:

  • Participación en eventos y encuentros de trabajo, como de la Red Nacional de Municipios Turísticos, de Turismo de Reuniones y otros.

El Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Buenos Aires

RESUELVE

Artículo 1°-  Crear la Delegación Mar del Plata, que tendrá como radio de acción dicha localidad y su zona de influencia y que funcionara en su comienzo en un espacio cedido por el Ente Municipal de Turismo de General Pueyrredon y que será atendido por los propios matriculados, garantizando una atención mínima.  

Artículo 2°-  Nombrar como responsable de la Delegación al Licenciado Diego Lomiento, Matricula N 014, quien actualmente se desempeña además como Revisor de Cuentas de la institución.

Artículo 3°- Incorporar al presupuesto general del Colegio, la proyección de gastos e ingresos remitidos a Tesorería por parte de los miembros de dicha Delegación.

Los objetivos generales de la misma serán:

  • Obtener, analizar y procesar información relativa al ejercicio profesional en el ámbito de las Agencias, en todas las categorías de actuación, o sea Licenciados, Técnicos y Guías.
  • Analizar los proyectos de leyes, reglamentos y resoluciones sobre las Agencias y colaborar en el posicionamiento del Colegio con respecto a estas.
  • Pensar y diseñar instancias de capacitación y actualización atinentes al mejoramiento en el ejercicio de la profesión en la intermediación, ejecutadas desde el propio Colegio o en articulación con otras instituciones.
  • Pensar y diseñar Normas Técnicas de ejercicio para la figura del Responsable Técnico o similares que en el futuro lo reemplacen y para los otros profesionales que desempeñen tareas en las Agencias.

Resolución Nº 007. Pedido por Profesionalización Ley de Agente de Viaje 2016

Resolución Nº 028. Creación Comisión Agencia de Viajes e Intermediación

Sobre el actual debate de Proyecto de nueva Ley de Agencias (en comisiones del Congreso de la Nación), hemos expresado ante los Legisladores Nacionales de la Comisión de Turismo que (resumen):

“Entendemos entonces que las leyes y normas, son una herramienta indispensable para una incorporación efectiva de personal calificado y habilitado en turismo, por lo que en el marco del debate de esta nueva ley  proponemos lo siguiente:

  1. LEY. Principio rector PROFESIONALISMO: “mediante la incorporación e intervención efectiva de profesionales en turismo que trabajen en la implementación de conocimiento e innovación, a través de programas de gestión de calidad, y de principios de sustentabilidad”.
  2. LEY. CONSEJO TECNICO CONSULTIVO. Contara con Un (1) representante de los Colegios de Profesionales en Turismo. (relación univoca profesional y colegio)
  3. LEY. Requisitos para la inscripción en REGISTRO NACIONAL de AGENTES DE VIAJE: “Será de carácter obligatorio tener una ESTRUCTURA FUNCIONAL PROFESIONAL, que incluirá la figura de un REPRESENTANTE TECNICO PROFESIONAL debidamente autorizado por la Autoridad de Aplicación y por la Autoridad Profesional, el cual deberá ser uno de los titulares de la empresa o un empleado”.
  4. La instancia REGLAMENTARIA y/o RESOLUTIVA deberá reflejar entonces que las Áreas de VENTAS y Áreas OPERATIVAS de la estructura funcional (parámetros del Convenio Colectivo) sean profesionales en turismo, siendo estos Licenciados, Técnicos y Guías de Turismo con títulos oficiales y debidamente habilitados por los Colegios.
  5. La instancia REGLAMENTARIA y/o RESOLUTIVA podrá crear un REGISTRO de PROFESIONALES (responsables técnicos profesional) de manera transitoria, hasta tanto existan colegios profesionales en todas las provincias y en CABA que cumplan dicha función. En lo inmediato, en las provincias donde ya existen colegios, solo se les pedirá a los profesionales estar matriculados en la institución respectiva (con el titulo/categoría necesario para ser responsable técnico de  agencia) y no abonaran concepto alguno de inscripción ni de cuota (ya que lo hace en los  respectivos colegios).”

Resolución Nº 030. Posicionamiento Ley de Agente de Viaje 2018

Nota a SECTUR. Colegios y Agencias de Viaje

Enlaces útiles

Los objetivos de la misma serán:

  • Analizar detenidamente todas las leyes, decretos, resoluciones y ordenanzas que regulan la profesión del guía de turismo, y plantear posibles mejoras en las mismas.
  • Participar y recabar información en distintos eventos académicos y profesionales, y en todas las instancias grupales convocadas ad hoc.
  • Diagnosticar las problemáticas y necesidad de los Guías en todo el territorio de la Provincia, relevando y procesando opiniones y conjeturas. 
  • Pensar y diseñar instancias de capacitación y formación atinentes al mejoramiento en el ejercicio de la profesión.

Los objetivos generales de la misma serán:

  • Obtener, analizar y procesar información relativa al ejercicio profesional en el ámbito de las Agencias, en todas las categorías de actuación, o sea Licenciados, Técnicos y Guías.
  • Analizar los proyectos de leyes, reglamentos y resoluciones sobre las Agencias y colaborar en el posicionamiento del Colegio con respecto a estas.
  • Pensar y diseñar instancias de capacitación y actualización atinentes al mejoramiento en el ejercicio de la profesión en la intermediación, ejecutadas desde el propio Colegio o en articulación con otras instituciones.
  • Pensar y diseñar Normas Técnicas de ejercicio para la figura del Responsable Técnico o similares que en el futuro lo reemplacen y para los otros profesionales que desempeñen tareas en las Agencias.

Resolución Nº 007. Pedido por Profesionalización Ley de Agente de Viaje 2016

Resolución Nº 028. Creación Comisión Agencia de Viajes e Intermediación

Sobre el actual debate de Proyecto de nueva Ley de Agencias (en comisiones del Congreso de la Nación), hemos expresado ante los Legisladores Nacionales de la Comisión de Turismo que (resumen):

“Entendemos entonces que las leyes y normas, son una herramienta indispensable para una incorporación efectiva de personal calificado y habilitado en turismo, por lo que en el marco del debate de esta nueva ley  proponemos lo siguiente:

  1. LEY. Principio rector PROFESIONALISMO: “mediante la incorporación e intervención efectiva de profesionales en turismo que trabajen en la implementación de conocimiento e innovación, a través de programas de gestión de calidad, y de principios de sustentabilidad”.
  2. LEY. CONSEJO TECNICO CONSULTIVO. Contara con Un (1) representante de los Colegios de Profesionales en Turismo. (relación univoca profesional y colegio)
  3. LEY. Requisitos para la inscripción en REGISTRO NACIONAL de AGENTES DE VIAJE: “Será de carácter obligatorio tener una ESTRUCTURA FUNCIONAL PROFESIONAL, que incluirá la figura de un REPRESENTANTE TECNICO PROFESIONAL debidamente autorizado por la Autoridad de Aplicación y por la Autoridad Profesional, el cual deberá ser uno de los titulares de la empresa o un empleado”.
  4. La instancia REGLAMENTARIA y/o RESOLUTIVA deberá reflejar entonces que las Áreas de VENTAS y Áreas OPERATIVAS de la estructura funcional (parámetros del Convenio Colectivo) sean profesionales en turismo, siendo estos Licenciados, Técnicos y Guías de Turismo con títulos oficiales y debidamente habilitados por los Colegios.
  5. La instancia REGLAMENTARIA y/o RESOLUTIVA podrá crear un REGISTRO de PROFESIONALES (responsables técnicos profesional) de manera transitoria, hasta tanto existan colegios profesionales en todas las provincias y en CABA que cumplan dicha función. En lo inmediato, en las provincias donde ya existen colegios, solo se les pedirá a los profesionales estar matriculados en la institución respectiva (con el titulo/categoría necesario para ser responsable técnico de  agencia) y no abonaran concepto alguno de inscripción ni de cuota (ya que lo hace en los  respectivos colegios).”

Resolución Nº 030. Posicionamiento Ley de Agente de Viaje 2018

Nota a SECTUR. Colegios y Agencias de Viaje

Enlaces útiles

Estructura

  • Una Presidencia: para lo cual se designa a la Lic. Amancay Romero Trucco, actual Protesorera del Consejo Directivo.
  • Coordinaciones Regionales: estas actuarán como articuladoras de la presidencia y deberán ser de distintas zonas geográficas de la provincia, teniendo siempre una/un representante de cada Delegación Regional creada. Estas y estos coordinadores serán propuestos por la presidencia de la comisión y designados por el Consejo Directivo.

Objetivos de la comisión de jóvenes.

  • Ser un espacio abierto de participación que lleve adelante debates y propuestas sobre las problemáticas propias de las y los jóvenes profesionales, en términos de su inserción laboral, como del ejercicio mismo.
  • Colaborar con las autoridades de la institución actuando como nexo con las y los estudiantes de las carreras de turismo y con los diferentes espacios que los nuclean, como los Centros de Estudiantes y la Asociación Nacional de Estudiantes de Turismo (ANET).
  • Analizar y opinar desde una perspectiva joven acerca de proyectos de leyes, ordenanzas, reglamentos y resoluciones sobre el ejercicio profesional, colaborando en el posicionamiento del Colegio con respecto a estas.
  • Pensar y diseñar instancias de capacitación y actualización atinentes al mejoramiento en el ejercicio de la profesión, ejecutadas desde el propio Colegio o en articulación con otras instituciones.