Comunicado: Enfático rechazo al intento inconstitucional de modificación de las facultades de los Colegios Profesionales

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Desde la Federación Argentina de Colegios y Asociaciones de Profesionales en Turismo (FACAPTUR) manifestamos nuestro profundo y enfático rechazo al Proyecto de Ley Nº 1677-D-25 presentado recientemente en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina.

Si bien el mismo carece por completo de constitucionalidad, ya que no contempla las facultades nunca delegadas por las Provincias a la Nación, entre ellas la potestad de regular las profesiones liberales como lo determina el Art. 121 de la Constitución, marcamos también la visión profundamente anti federal de la misma, pretendiendo bajo supuestos preceptos de simplificación, socavar las voluntades de las constituciones provinciales. Y sobre todo eliminar las potestades de los Colegios Profesionales de ejercer el control de la matrícula en cumplimiento de su función social de jerarquización de la profesión y de protección del usuario o consumidor de la comúnmente denominada “mala praxis”.

Los Colegios además, desarrollan múltiples actividades que no se limitan al gobierno de la matrícula, como lo son las acciones de capacitación continua, el respeto deontológico a las obligación éticas de los profesionales a través de Tribunales, el desarrollo de estudios e investigaciones sociales, la articulación con las Universidades e Institutos en pos de la mejor formación en la educación superior, la representación y protección del ejercicio profesional contra el intrusismo o ejercicio ilegal, entre otras funciones.

Por todo lo anteriormente expresado, desde los Colegios de Profesionales en Turismo abajo firmantes, solicitamos a los Diputados y Senadores de la Nación el respeto irrestricto de lo dispuesto por la Constitución Nacional en su art. 121, por lo dispuesto en todas las Constituciones Provinciales y otras leyes provinciales vigentes, debiéndose abstener de generar confusión en los profesionales y sobretodo en la sociedad con medidas que contradicen y violan el plexo normativo vigente que regulan las diferentes actividades profesionales en nuestro país.

Colegio de Profesionales en Turismo de Rio Negro.

Ley Nº 2737 – Guía Andrés Diehl

Colegios de Profesionales en Turismo de Jujuy.

Ley Nº 5461 – Lic. Mariana Cecilia Zambrano (regula Tec. Univ. y Lic.)

Colegio de Graduados en Turismo de Tucumán.

Ley Nº 7436 – TST Carlos Néstor Gómez

Colegio de Profesionales en Turismo de Misiones.

Ley Nº I-126 – Lic. Anita Minder

Colegios de Profesionales en Turismo de San Juan.

Ley Nº 1051-A – Lic. Daniela Tatiana Muñoz

Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de La Rioja.

Ley Nº 7543. – Lic. Flavio Fernández

Colegio de Profesionales en Turismo de Pcia. Buenos Aires.

Ley Nº 14799 – Lic. Amancay Romero Trucco

Colegio de Profesionales en Turismo de Entre Ríos.

Ley Nº 10.808 – Lic. Adriana Baron

Colegio de Profesionales en Turismo de Corrientes.

Ley Nº 6.652 – Lic. Alicia Rodríguez