Sobre nosotros

Institucional

¿Qué somos?

Somos una institución de “Derecho Público No Estatal” creada por la Ley Provincial N° 14799 del año 2015. En su artículo número 1 define “el ejercicio profesional de los Profesionales en Turismo en la provincia de Buenos Aires se rige por las disposiciones de la presente ley, y las normas y reglamentos que en consecuencia se dicten”.


Y en sus artículos número 6 y 7, manifiesta que “El Colegio tendrá como objeto regular el ejercicio profesional de los Profesionales en Turismo y para el mejor desempeño de sus fines, velará por el cumplimiento de la presente ley, ejercerá el gobierno de la matrícula, las facultades disciplinarias sobre sus colegiados, dictará el Código de Ética Profesional, y representará y defenderá a sus colegiados”. “El Colegio tendrá como finalidad la defensa, el progreso y la jerarquización de la profesión, tendiente a asegurar la calidad y la sustentabilidad del sector”.

¿Quiénes integramos obligatoriamente el Colegio?

Siguiendo la definición establecida en el artículo número 2: “A los efectos de la presente ley, se entiende por ejercicio profesional de turismo, el desempeño en forma individual, independiente o en relación de dependencia, en el ámbito público o privado, de actividades que requieran al aplicación de principios y conocimientos inherentes a la actividad turística, y exijan por ende la formación y capacitación específica. El profesional de turismo tendrá a su cargo y responsabilidad la aplicación de incumbencias profesionales asignadas al título habilitante que posea.”

Y en sus artículos 8, 9 y 10, especifica que “Es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión en turismo, en cualquiera de sus modalidades estar inscripto en la matrícula, cuyo registro y control se encuentra a cargo del Colegio creado por la presente ley”.
Podrán acceder a la matrícula obligatoria y consecuente habilitación para el ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires, las personas que posean:

  • Título oficial de nivel Universitario nacional o provincial, de gestión estatal o privada.
  • Título oficial de Institutos de Educación Superior de gestión estatal o gestión privada.
  • Título oficial de Universidad o Instituto de Educación Superior provenientes de un país extranjero con convenio de reciprocidad.

Más información al respecto en:

El último artículo de la ley, establecía de manera transitoria lo siguiente: «Dentro del término de noventa (90) días computados a partir de la publicación de la ley (recalculado desde Resolución 005/16), por única vez y con carácter de excepción, podrán matricularse en el Colegio sin necesidad de cumplimentar los requisitos del artículo 8°, quienes acrediten haberse desempeñado en la actividad durante cinco (5) años como mínimo en el territorio de la Provincia, residan en la misma por el mismo lapso de tiempo y cumplimenten los demás requisitos exigidos por la ley. A los fines de la acreditación de la referida actividad, se deberá presentar prueba documental o informativa emanada de organismos públicos.»

Dicho plazo, recalculado (Resolución 5) y prorrogado (Resolución 9 y 14), ha VENCIDO el 31 de MARZO del 2017.


Autoridades

El Colegio de profesionales en Turismo está integrado por los siguientes Órganos (art. 17):

a) La Asamblea.

La Asamblea es la autoridad máxima del Colegio. Está constituida por todos los matriculados. La misma tendrá reuniones ordinarias y extraordinarias

La Asamblea Ordinaria se reunirá una (1) vez por año para tratar exclusivamente la aprobación o rechazo de la memoria y balance de la Entidad.

La Asamblea Extraordinaria se convocará para tratar cualquier asunto de interés para la Entidad. Podrá ser convocada por el Consejo Directivo o cuando lo solicite el diez por ciento (10%) de los matriculados con derecho a voto.

b) El Consejo Directivo.

Tiene a su cargo la conducción de los destinos del Colegio. Las facultades y obligaciones del mismo se encuentran enumeradas en el artículo 31 de la ley.

CargoApellidoNombreMatrículaCategoríaDelegación/Zona
PresidentaGallardo BatistaVictoria4LicenciadaSudoeste
VicepresidenteZaballaEsteban1LicenciadoMar del Plata
SecretarioChromechekLucas Fernando529LicenciadoMar del Plata
ProsecretarioGonçalves PintoLiliana534GuíaNorte
TesoreraRomero TruccoAmancay512LicenciadaMar del Plata
ProtesoreraVillamarinBetiana84Técnica y GuíaLa Plata
1º VocalCentineoMarta Susana127GuíaCentro
2º VocalLeon CutugnoJeremias160GuíaSudoeste
3º VocalMartinezSebastian593Técnico y GuíaNorte
1º Vocal SuplenteAbdalaMaricel96GuíaNorte
2º Vocal SuplenteCotone MuroValeria236Técnica y GuíaCentro
3º Vocal SuplenteCastiglioneMarcos574TécnicoCentro
Autoridades del Colegio de Profesionales de Turismo

c) La Comisión Revisora de Cuentas.

Le compete fiscalizar el movimiento patrimonial y financiero del Colegio, los registros contables y certificar los balances (art 50)

CargoApellidoNombreMatrículaCategoríaDelegación/Zona
1º TitularAlvarezFacundo5LicenciadoMar del Plata
2º TitularCorradoMaría de las Mercedes71Técnica y GuíaCentro
3º TitularSantiaMarcela278GuíaNorte
4º TitularMorenoGabriela125TécnicaMar del Plata
1º SuplenteVazzanoMaria del Pilar611LicenciadaLa Plata
2º SuplenteBarovero MaxitMariana18LicenciadaMar del Plata
Comisión Revisora de Cuentas

d) El Tribunal de Ética Profesional.

Tendrá a su cargo el ejercicio del Poder disciplinario del Colegio y la aplicación del Código de Ética sobre sus matriculados. (art 42)

CargoApellidoNombreMatrículaCategoría
1º TitularBiasoneAna María19Licenciada
2º TitularMartinAna210Licenciada
3º TitularTorreRodrigo Hernán640Licenciado
4º TitularBallesterosLucrecia22Licenciada, Técnica y Guía
5º TitularLisiardiRodrigo641Licenciado
1º SuplenteGazzanegoVictoria9Guía
2º SuplenteFeliceEmiliano637Licenciado
3º SuplenteDumraufGuillermina639Licenciada
4º SuplenteRenuncia(Para asumir cargo en otro órgano de gobierno)
Tribunal de Ética Profesional.

Elecciones y Junta Electoral

En los términos de la Ley en su capítulo VII Designación de Miembros, “a los fines de elegir los miembros del Consejo Directivo, de la Comisión Revisora de Cuentas y del Tribunal de Ética Profesional, se deberá convocar públicamente a elecciones y constituir a los fines pertinentes la Junta Electoral respectiva”.

“El voto será secreto y obligatorio. El sistema electoral es directo y de lista completa. Si hubiera más de una lista, se garantizará la representación de la minoría en los cargos electivos para la lista que salga en segundo lugar siempre que obtenga como mínimo el 25% de los votos válidos emitidos”. 

Además, la institución sancionó vía Asamblea dos normas que atañen al funcionamiento de las elecciones y a la designación de miembros:

ELECCIONES 2021 (POSTERGADAS 2020)

A raíz de la pandemia que atravesamos en nuestro país a partir de mediados de marzo del año pasado, se vieron suspendidas, por resoluciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia, las elecciones que debieron llevarse adelante en abril del año pasado interrumpiendo dicho proceso el día 12 de marzo.

Como consecuencia de la nueva resolución que vuelve a permitir los actos eleccionarios, el Consejo Directivo y la Junta Electoral tuvieron sendas reuniones en las cuales se definieron la nueva fecha y sedes de votación, actualizando asimismo el cronograma electoral.

Ponemos a disposición de todos los matriculados, las nuevas sedes de votación, el cronograma electoral actualizado, los padrones definitivos por sede de votación y las resoluciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

SEDES DE VOTACIÓN

  • LA PLATA (Sede Central): Club de Fomento Alberti, calle 27 entre 37 y 38
  • LUJAN (Zona Norte, anteriormente Escobar, Morón, San Nicolás): Museo Municipal de Bellas Artes, ‘Fernán Félix de Amador’. 9 de Julio 863.
  • MAR DEL PLATA (Delegación Mar del Plata): Subsecretaría de Turismo de la Provincia, Av. Patricio Peralta Ramos 2280
  • SIERRA DE LA VENTANA (Zona Sudoeste, anteriormente Bahía Blanca y Sierra de la Ventana): Centro Cultural Sierra de la Ventana, Av. Del Golf S/N
  • TANDIL (Zona Centro). Marconi 1028

ACTUALIZACIÓN de CRONOGRAMA ELECTORAL

  • INFORMACIÓN A MATRICULADOS: a partir del 18 de marzo
  • PRESENTACIÓN DE LISTAS: del lunes 22 al jueves 25 de marzo 2021
  • ACTO ELECCIONARIO: viernes 9 de abril de 2021 (10 a 14 hs)
  • ESCRUTINIO PROVISORIO: 9 de abril de 2021 (14 hs)
  • ESCRUTINIO DEFINITIVO: 9 de abril de 2021 (posterior al escrutinio provisorio)
  • ACTO DE ASUNCIÓN DE AUTORIDADES: 17 de abril (12 hs)

Transparencia en Gestión

Como institución de derecho público, y por definición política de sus autoridades, el manejo y uso de los recursos del Colegio se realiza de forma transparente, conllevando la rendición de cuentas periódicamente.

Por ello se dispone aquí el acceso libre a dicha información, tanto de las Memorias Institucionales, como de los Balances Contables, y de las Resoluciones de la Comisión Revisora de Cuentas y de las Asambleas Ordinarias en donde se tratan dichas rendiciones y son aprobadas por los matriculados.


Relaciones Institucionales

Participación institucional en:

  • Espacio Federal de Colegios y Asociaciones Profesionales. Próxima Federación

Articulación y coordinación con todos los Colegios Profesionales del país, Provincias de Neuquén, Rio Negro, San Juan, La Rioja, Tucumán, Misiones y Jujuy, además de las demás provincias de poseen Asociaciones Civiles (en vías de crear Colegio) o colectivos de profesionales organizados.

  • Consejo Provincial de Turismo (COPROTUR)

Espacio generado en el marco de la Ley Provincial de Turismo, en el cual se encuentran representados el sector publico provincial y municipal (nucleados en Polos), el sector privado, el sector académico público y privado, y el Colegio.

Convenios de Cooperación con:

Articulación con: